viernes, 2 de marzo de 2012

Los cajones "de sastre" del alcalde...

No, no me vayan a leer con aviesa intención el título de este post, porque no lo tiene. He escrito correctamente la letra "a" porque sobre lo que voy a intentar escribir tiene total conexión física y anímica con el humilde cajón de escritorio, cómoda, sinfonier, aparador, que recoge, agrupa y ordena tantos de nuestros documentos, objetos preciosos, útiles y herramientas, las más de las veces, y en otros casos se convierte en el caos del cajón de sastre que algunos aún podemos recordar haber visto. Y es que parece ser que hay muchos y muchas alcaldes y alcaldesas que tienen sus cajones muy desordenados, llenos de facturas sin pagar, con multitud de acreedores llamando sin parar para conocer cuándo cobrarán poniendo en peligro la viabilidad económico-financiera de esas empresas proveedoras de la "cosa municipal".

Alguien dice que pasan de 14.000 millones, pero realmente ni se sabe, y en estas me encontraba yo, meditando sobre tamaño despropósito cuando el viernes pasado (vaya fines de semana laboral que nos están dando últimamente)  me sorprenda la noticia publicada en los medios de una medida extrema del Gobierno de Rajoy para dar una salida airosa al problema. Así que cuando la veo finalmente en el BOE, en forma de Real Decreto 4 de este año, me lanzo a su lectura con avidez preguntándome "¿habrán encontrado la piedra filosofal, la causa raíz última de tamaño déficit y por tanto tendrán ya la pócima de Fierabrás para curar todos los males municipales?¿Sanará tanto enfermo malito o es que están tan desahuciados que realmente la medida extrema es administrarles la extremaunción antes de pasar a mejor vida, como decía mi abuela que en paz descanse?".

Así que dicho y hecho, me lancé a su lectura con lápiz y papel, anotando todo lo que no entendía, revisando la legislación citada, consultando fuentes estadísticas, es decir, todo aquello que alguien con cierto entendimiento y voluntad de aprender y comprender debería hacer antes de emitir su juicio final sobre la "medida extrema". Es verdad que sigo muy lejos de la sabiduría pese a haber aprendido mucho sobre este asunto del déficit  municipal y sobre el procedimiento establecido por este Real Decreto y que sigo lejos de entenderlo todo, pero aún así, me reconozco "experimentado" por mi condición de funcionario local mantenida ininterrumpidamente durante 23 apasionantes años de dedicación a la cosa pública en un ente local de tamaño medio-grande. Y desde esa experiencia acumulada junto a lo aprendido en estas últimas fechas daré a conocer mi crítica.

Desde el principio, la lectura del preámbulo del Real Decreto (la lectura de los preámbulos, introducciones, declaraciones de intenciones, como lo queramos llamar, me apasiona cada vez más con la edad...) no tiene desperdicio. Nos dibuja un panorama negro para las empresas: restricción de crédito e impago de facturas por parte de los entes locales. Las entidades bancarias no sueltan un chavo más y por su parte, los entes locales no sabemos dónde meten el dinero que recaudan (según ellos, cada vez recaudan menos), pero parece ser que no pagan por lo que consumen en forma de productos y servicios. El resultado final es el de muerte por inanición para los proveedores, y claro entendemos que se está refiriendo el RD a aquellos proveedores que tienen una dependencia muy fuerte de Administraciones Locales morosas, aunque no especifica el porcentaje de dependencias (volveré sobre este asunto más tarde).

Luego entra en un berenjenal que puede causar estupor al lector (las berenjenas tienen espinas en su pedúnculo y no se pueden coger sin guantes fuertes, aviso de un agricultor dilettante...). Reconoce medidas anteriores y  "extraordinarias" del Gobierno de Zapatero...(¡¡¡arrea!!!) pero que descalifica inmediatamente con un sencillo "...la escasa eficacia de aquellas medidas y la acuciante situación de falta de liquidez...". En una misma línea disparamos a matar y reinsistimos por enésima vez en que la empresas no tienen un euro. La cuestión realmente no es decir que no fueron eficaces, sino en demostrar por qué no lo fueron. ¿Alguien las ha evaluado con cifras y datos exactos (incluso aproximados me valdrían)? Es que amigos y amigas lectores, la descalificación sin argumentos y sin pruebas simplemente me parece improcedente, chusca y que me hace pensar que realmente volveremos a tropezar en la misma piedra: "Todo lo que hicieron otros está mal, muy mal, pero yo/nosotros lo sabemos hacer mucho mejor".

A continuación entra en "lo profundo" de su objeto: "se establece la necesaria puesta en marcha [...] de un mecanismo ágil de pago y cancelación de deudas con proveedores de entidades locales y de su financiación". Y esa es la clave de todo, o al menos, podría pensarse hasta que leemos el articulado, no muy largo, pero contundente.

Así, comenzando en el art.1 con la definición de Ente Local, para que nadie se haga el desentendido y diga que esto no va conmigo, entra en el art. 2 para dejar claro qué es lo que se incluirá: facturas vencidas anteriores al 1 de enero de 2012 , reconocidas,  pero las registradas...y facturas de contratos, servicios y suministros. No me queda claro si la contratación menor está incluida. Seguramente que nadie se acordará de los autónomo/as que tienen cañones de 100.000 o más euros acumulados en facturas impagadas en diversos entes locales, sin haber superado la mágica cifra de los 18.000 euros que casi te permite hacer de todo (con sólo 5 facturas de ese monto te puedes arruinar y encima habiendo declarado el IVA y en su caso ingresándolo en las arcas del Estado...qué desgraciaditos deben de sentirse esos pobres autónomos). Pero es que lo del registro de las facturas tiene mucha gracia, y más cuando, como viejo y avezado funcionario he podido ver trucos de prestidigitador que asombrarían al Gran Houdini: ves la factura y no la ves...nunca jamás...se perdió en algún cajón de algún funcionario o de algún político o de algún cargo de confianza...Y mientras tanto, los ilusos contratistas/proveedores de lo público, enviando sus facturas por correo ordinario sin certificar, o peor aún, dejándosela amablemente en la mesa de quien le pidió la prestación, servicio, suministro...claro está, sin autorización de crédito, sin control de procedimiento de contratación, sin supervisión de su inmediato superior, sin nada de nada...a las buenas...!Es que había confianza...cómo iba yo a pensar eso de Fulano!Y ahora ¿quién me lo paga?" Pues lo tiene clarinete el buen proveedor. Aún así, insisto, no creo que el RD vaya dirigido a este tipo de proveedores y cuantía de facturas impagadas. Deduzco que tiene otra altura de miras...

Y con el art 3 me he quedado de piedra, pero de zirconita. Antes del 15 de marzo...es decir pasado mañana...las entidades locales deberán remitir al Ministerio de Hacienda una relación "certificada" de todas las facturas que están en esta situación, incluyendo datos del contratista, importe principal, fecha de entrada en el registro del ente local  y lo más difícil todavía, diciendo si el contratista les ha denunciado por impago...esta última es buena, muy  buena. No dice quién lo tiene que preparar, pero ya les digo yo que dar carpetazo, borrón y cuenta nueva  no es tan fácil y mucho menos se puede hacer en 2 semanas y pico, sabiendo que además tiene que informarse al Pleno. Uyyyy, eso es ponerle una patata caliente en las manos al interventor, si es que lo hay en la relación de puestos de trabajo, y viendo lo que le ha caído encima, no me extrañaría que más de un Alcalde se esté pensando en amortizar esos puestos y "ahorrarse" unos buenos cuartos y unos cuantos dolores de cabeza, en el más puro estilo de "matar al mensajero de los dioses"...upss, quiero decir al del Ministerio de Hacienda. Luego se lo complican más al señor o señora interventora, al pedirle que le aclaren al Ministerio si han aplazado los pagos por fraccionamiento y finalmente, haciéndole saber al interventor que incluya, por si se le olvidaba, a todos los entes autónomos locales...vamos que consolide a marchas forzadas la deuda, que no se ande por las ramas con artificios contables. Y vuelvo a insistir, todo esto en 2 semanas de duro e intenso trabajo. La forma de remisión al menos es moderna, ágil y sobre todo práctica: por vía telemática y con firma electrónica. Para antiguallas, los pequeños municipios, que se espabilen y monten en 2 semanas el tingladillo informático...Pero de nuevo les advierto que este RD no va con ellos, no va con los pequeños municipios, al menos a mí no me salen los plazos y no lo percibo en el "espíritu" del texto legal (y ya van dos colectivos olvidados y otro-interventores- "movilizado").

Burla, burlando, como decía el poeta clásico, vamos llegando al cuarto artículo. Aquí de nuevo, sorpresón: ¡¡¡contratistas!!! Al loro, que tenéis que dedicar un tiempo precioso a negociar con vuestro ayuntamiento deudor qué incluir y qué no incluir en la dichosa relación certificada de facturas impagadas. Ah, ¿que no te atreves? Es que eres un cobardica, cómo vamos a progresar contigo, cómo va a conocer el Ministerio el monto total de la deuda...Ah, ¿que no quieres que nadie sepa que tienes unos cañones de impagados de aquí te espero y que estás tocado del ala financieramente...? Y eso qué le importa al Ministerio: luz y taquígrafos, que para eso está de moda la transparencia...SI PERO DE LOS DEMÁS. Pero qué cosas tienes General, Ciudadano Inoportuno, cómo no van a atreverse. Bueno, pues aquí nos aflora un cuarto colectivo de no incluidos en el RD, los contratistas tipo "amigos y favorecidos", o los que simplemente están con el agua al cuello y no pueden resistirse a una amenaza velada y a una promesa del tipo "no incluyo en la lista tus facturas porque a tí te voy a hacer un pago 'acelerado' , faltaría más Jaimito...". Y Jaimito a moder el polvo, porque a buen entendedor...

Pero claro, el tecnócrata también pensó lo mismo que yo en  la primera parte de mi cuento, y se dijo...si no le incluye el ente local en la lista, le obligaremos a dar publicidad a la dichosa lista, se verá excluido el contratista en sus facturas impagadas y le diremos, mejor dicho, le facilitaremos todos los medios para autoincluirse...faltaría más. Por ejemplo, sacándose del baúl de los recuerdos el silencio positivo, que tan bien nos sentaría al resto de los comunes ciudadanos de este país cuando demandamos de los poderes públicos servicios, permisos y así un largo etcétera. Al contratista que tenga valor y coraje, al ejemplo de ciudadano ejemplar, le daremos por esta vez, un derecho maravilloso, que huele a rosas, a lo mejor que puedas imaginar: si en dos semanas no te responde el ente local a tu petición de inclusión de una o unas facturas que crees que cumplen las condiciones del RD, dalo por aceptado. Ay, pobre interventor, no querría ponerme en su pellejo ni por un momento, bajo presión constante, sin el más mínimo error, teniendo que atender "prioritariamente" casos extraños (porque si no se incluyó en la lista es por algo) y tomando decisiones apresuradamente, ya que no decidir es aceptar...Puffff otra vez, y ya van algunos más en este post. Si yo fuera interventor, simplemente rechazaría expresamente cualquier petición que no me diera tiempo a examinarla. No hay derecho a lo que pretende el Ministerio de Hacienda en este artículo. ¿Quién tiene el conocimiento de sus recursos humanos y organizativos como para saber si es posible o no cumplir en ese plazo a las posibles demandas? Pues el Señor Presidente del Ayuntamiento, que hará lo que está en el guión  para hacer posible lo imposible, al menos eso dice el art 4. Estamos en España de nuevo, se acabó el sueño europeo. En cualquier caso, ya les digo yo que visto lo visto, y leído lo leído en el articulado, por ningún lado veo plasmado un procedimiento claro de publicitación de la lista. Al final, sólo los proveedores enteradillos, avispados y que saben moverse dentro del entramado institucional de las AAPP podrán llegar a conocer la lista y ejercer su derecho a incluir facturas impagadas si tienen arrestos y si les importa un bledo que sepan los demás que les deben los Ayuntamientos.

Lo que no tiene desperdicio es el artículo 5, porque, ya que tenemos "afloradas" las facturas impagadas, las contabilizaremos en caso de no estarlo. Alucinante...¿hay que decirlo, ordenarlo, regularlo..?¿No es una rebuznancia, como diría mi amigo Alberto? Y por supuesto, otra flor legal, al Interventor que no me lo toquen porque no ha tenido culpa de nada (seguramente será cierto), pero es que el texto legal queda horrorosamente mal, vamos que canta más que un tenorio. Se imaginan ustedes que cuando un Juez dicta sentencia de muerte añada..."pero al verdugo no le acusaremos de asesinato"...Vamos a ver, vamos a ver...¿no se podría haber redactado de otra manera? Estas prisas...

Con el sexto ya pasa el Ministerio de Hacienda a las amenazas directas. Cuidadito señor interventor (no se atreve el legislador a decirlo claramente, de nuevo con los subterfugios de siempre diciendo "los funcionarios competentes"...es decir, varios, porque ya se sabe cómo funciona la Administración, que si el escrito lo firma 10 cargos, vale más que si sólo lo firma uno), que ya le tienen identificado, con los deberes bien puestos y 15 días para hacerlos. Pero tranquilo, la cuestión es enviar antes de esa fecha "algo" lo que sea, que como todos sabemos, luego se puede completar que motivos hay muchos...lumbalgias, vacaciones repentinas porque nos ha salido un viaje gratis al Anapurna, lo que sea, y en el Ministerio, un certificado más o menos bien cumplimentado entre 8000 posibles quién lo va a percibir...El 15 de marzo, apostaría un café, incluso una comida en un buen restaurante de Bilbao a que los servidores del Ministerio se bloquean por la tarde por colapso de accesos simultáneos, y claro, luego nos dirán que han sido los de Anonymus, que últimamente se meten con todo y con todo/as los poderosos. Supongo que en el Ministerio lo habrán pensado todo bien y habrán previsto un CALL CENTER y un CAU para atender a tanto interventor/a desesperado/a, además de algún psicólogo o sacerdote para intentar calmar las crisis de ansiedad que se darán. Me río de la situación pero es que la amargura me hace escribir así. Lo siento mucho por ellos, de veras, me solidarizo con ellos en mi calidad de funcionario que ha pasado una semanita de aúpa por temas cuasi-similares de forma aunque no de fondo, claramente diferentes.

Y al llegar al artículo 7 me desmoroné completamente. Ya no pude resistirlo, se agotó mi paciencia y decidí escribir este post para decirle al mundo lo que pensaba, para desahogarme con ustedes, para sentirme mentalmente libre de decir lo que pienso y deduzco de su lectura, por higiene mental fundamentalmente. Me recentraré de nuevo después de esta salida de tono. Pues nos dice simplemente que el interventor tendrá que preparar un plan de ajuste en los restantes 15 días de marzo. Ya lo decía mi abuela, que cuando marzo mayea, mayo marzea...Aitaren, Semearen eta Espiritu Santuaren izenean...Amen!!, que diría mi suegra en su buen dialecto gernikés (traduzco "en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo").¡¿Pero desde cuándo el interventor tiene atribuidas competencias para establecer un plan de ajuste y decidir qué se hace y qué no se hace, quién se va a la calle, y quién se queda, qué obras o inversiones se acometen y cuáles no?! (observen el signo de exclamacion y de interrogación uno al lado del otro...¿perciben mi asombro e indignación?). Que no, que el interventor podrá informar del monto del ajuste y punto...una cifra, simplemente una cifra, e incluso si es un buen interventor, un conjunto de escenarios posibles con su cifra cada uno, la cifra del ajuste, la cifra de la discordia, la cifra que marcará la vida, el destino de mucha gente...y nada más. ¿Pero a quién se le ha ocurrido escribir este artículo? Suena a un trágala, a una intervención sin intervención, sin base legal, y sobre todo, sobre todo sin fundamento lógico. Cómo va a entrar en la sala de plenos y decirle al alcalde y a los concejales..."por vuestros errores me he visto investido por el Presidente del Gobierno Rajoy y sancionado por el Rey Juan Carlos I, de este poder mágico, convirtiéndome en el Tío de la Vara, para zurraros hasta que confeséis que sois una banda de mataos, ignorantes y manirrotos. Y ahora ni votar...Aprobado por unanimidad y punto". Y al que no se lo crea le enseñará el RD en su PDA conectado a BOE via internet, que mola mucho más y le dejará impresionado.

Que conste que los puntos del plan de ajuste son de cajón de madera de pino, totalmente lógicos y logrados, salvo que no tengas un mínimo conocimiento de planificación y también de las reglas básicas de la buena administración doméstica: no gastes más de lo que ganes, o como decía mi otra abuela "no estires más los pies que la manta". La cuestión es de nuevo, el tiempo, y por supuesto la competencia para decidir quién prepara el plan de ajuste. Ese plan tendría que haber estado preparado hace muchos años, simplemente si los señores políticos de lo local tuvieran los más mínimos conocimientos de planificación, pero como votamos sin saber, sin examinarles o no votamos, y como por otra parte, a esos puestos llegan sin haber sacado el carnet de habilitación para ser buen Alcalde o buen concejal delegado...así nos van las cosas, que la partitocracia ha secuestrado a mi querida democracia y la está chupando la sangre hasta dejarla exánime.

Claras se ven las intenciones del Ministerio, sea quien sea el que lo ha redactado y más tarde aprobado para su pase a BOE...claras están en el párrafo 3 de este artículo 7:  "El Plan de ajuste podrá incluir modificación de la organización de la corporación local"...boooommmmm!!!!!! Que sí señor Ministro, que yo también cerraría algunos Ayuntamientos e incluso muchos, pero no se puede hacer con un Real Decreto, ni siquiera es fácil teniendo mayoría absoluta. Recomendación: tendrán que hablar con la oposición y dejarse de atajos. La reforma de la Administración Local es urgente, muy urgente, pero también requiere un pacto de estado constitucional.

Lo que me ha hecho mucha gracia ha sido leer en el punto 4 del artículo 7 que los planes de ajuste que el osado interventor habrá redactado y conseguido que apruebe el Pleno, se remitirán al Ministerio que analizará y validará en menos de 30 días. Alucinante la eficiencia del Ministerio, y eso que estaremos en plena vorágine preparatoria de la campaña de renta 2011. Supongo que también lo habrán planificado y que esforzados funcionario/a leerán a destajo planes, dejándose las pestañas noche y día, ya que sólo tienen 30 días para decir "bien", pues de lo contrario el silencio será "negativo"...ohhhh, decepcionante...No quieras para los demás lo que no quieras para tí le diría al señor Ministro.

El mecanismo de financiación se describe en el artículo 8. Bueno, pocos artículos para describirlo, lo que en mi opinión refleja precipitación y poquísima reflexión sobre el procedimiento exacto a seguir. Veremos a las entidades financieras protestar (realmente protestarán los directores de sucursal que no sabrán cómo explicarles nada a los contratistas o incluso puede que tengan alguna instrucción de Dirección de colocar más deuda subordinada en un sector realmente imposible de describir) por la improvisación y falta de coordinación, ya que habrá poco tiempo. Todo se acabará según el RD a finales de 2012. Es lo tomas o lo dejas, y la oportunidad de ver cómo algunos de sus clientes morosos vuelven a números negros hará ponerse nerviosos a más de uno o de una. La clasificación de la deuda, de las facturas impagadas registradas y "certificadas" no significa que vayan a cobrar. Esta es la sorpresa penúltima (aún queda una última para el que haya aguantado este pesadísimo post). La prioridad para cobrar en el banco, la establecerá el Ministerio en base a: antigüedad, porcentaje de reducción sobre el principal (sorpresa, sorpreeeesaaaa....vamos una quita como en Grecia...que nos helenizamos pese a la señora Aguirre...se ve venir por todas partes) y si el impago está judicializado, es decir, si hay demanda del contratista ante los Tribunales de Justicia. Bueno, pues son tres criterios que a mi juicio son injustos, porque van contra el contratista, salvo el primero de ellos, ya que si hay quita se prioriza, pero perdiendo de nuevo una parte del principal por anticipado y luego  ya veremos si cobramos, si llega para todos. Y en ese caso cómo lo contabilizaremos...si es que ya estaba contabilizado sin quita. Y si no llega finalmente el presupuesto, ¿podremos volver a la situación de partida de todo el principal como pendiente de cobro? Para los que están judicializados, pues algo parecido, deja claro al contratista que para el Ministerio es  mejor denunciar, contratar abogados y meterte en un pleito judicial de duración indefinida, que seguiría naturalmente su curso.  Entonces, la cuestión es...no esperar y denunciar, que seguro que cobras algo. De nuevo con la premisa de que seas valiente y no tengas "compromisos" a futuro, es decir, que hayas acabado de ese Ayuntamiento hasta las narices y no quieras volver a hacer negocios con ninguna Administración Pública. Es una política de empresa que dado el panorama tendría en cuenta como sabia. Pero lo que me parece patético es que no se incluya como criterio de priorización el porcentaje de dependencia de un contratista respecto a un ente local. No es lo mismo que a una empresa le deba un ayuntamiento todas las facturas del año 2011 no teniendo otro cliente. Es que, señor Ministro, !!!que si no cobra ese empresario tiene que cerrar ya mismo!!!

Dice también el artículo que "podrán establecerse tramos de financiación". Sí, suena al cuento de lechera. Si me certifican la deuda, si me incluyen en la lista, si el ayuntamiento aprueba el plan de ajuste, si el Ministerio lo valida...si...si...si...parte final del silogismo "podrán establecerse...". Esa maldita pasiva de los textos legales pobres y descuidados: quién, qué, cómo, cuándo... eso queremos saber y mucho más quienes se embarquen en tamaña empresa llena de aventuras en el mundo de lo público de reclamar lo que de justicia es suyo.

Llegamos al tramo final del RD. Los artículos 10, 11 y 12. En el décimo nos describe las operaciones de endeudamiento a largooooo plazo que podrán asumir los entes locales que hayan conseguido el beneplácito de su plan de ajuste por parte del Ministerio de Hacienda. Pobrecitos de aquellos que consigan el beneplácito y se vean con el crédito. Las condiciones son leoninas, condiciones administrativas, claro está, porque las condiciones financieras están por verse y definirse. Nada menos que una intervención en toda regla, "podrá conllevar la cesión al Estado de los derechos de la entidad local en cuanto a su participación en los tributos del Estado en la cantidad necesaria para hacer frente a la amortización de dichas obligaciones de pago". Se acabó, apaga la vela y vámonos que no hay más que decir y hacer. Traca final espléndida, acompañada de un punto más de contratono: La generación de remanente de tesorería negativo para gastos generales en el período de amortización de aquella operación de endeudamiento comportará la prohibición de realizar inversiones nuevas en el ejercicio siguiente financiadas con endeudamiento". Desierto, vacío, la nada...estarán intervenidos de facto, atados de pies y manos. Durante años y años, tendremos un plena municipal que no podrá hacer nada . En algunos o  muchos casos es hasta algo bueno y saludable. Pero entonces yo me pregunto...¿si estarán intervenidos por colapso financiero, por qué tenemos que pagar los sueldos de estos ilustres políticos que tan "bien" han administrado y gestionado lo público? ¿Por qué no forzamos una quiebra como en el Derecho Mercantil, que trasladada al terreno de las Administraciones Públicas supone eliminar la cúpula política electa y nombrar un administrador judicial que dirija los servicios públicos básicos y tan necesarios? Al menos nos ahorraremos en sueldos de personal ineficaz por no decir otra cosa, precisamente de ésos que siempre están soliviantando al pueblo, a la gente llana, en contra de los servidores públicos.

A modo de conclusión a tan larguísimo post, diría que la intención del Ministerio es buena, pero se enmarca en una situación de desesperación que no ayuda en nada a tener la mente clara y a diseñar instrumentos administrativos bien pensados y cuya utilidad sea evaluada tanto por los propios funcionarios locales, como por el Parlamento, dada la importancia de la medida. Esto no puede quedar en manos de tecnócratas de cuya buena intención no dudo, pero que desconocen evidentemente el transfondo social y económico que rodea a la contratación pública en nuestro país además de la estructura política local que lo mal-dirige en términos generales.

¿Qué propuestas tengo para aportar al debate? Alguna ya la he dejado entrever, pero lo resumo aquí:

- Redefinición del entramado institucional y administrativo del Estado: eliminación de la provincia y fusión de municipios, empezando por aquellos que no tengan viabilidad financiera. REforma constitucional ya.
- Crear un mecanismo de solidaridad financiera limitada al cumplimiento de determinadas buenas prácticas y buen hacer económico-presupuestario, y además desarrollar  la propuesta de Bono Azul de la que hablamos en ese artículo.
- Empoderamiento de los funcionario/as que detecten malversación de fondos públicos o incumplimiento de la legislación. Y a la inversa, perseguir penalmente al funcionario que mire para otro lado cuando observe  ilegalidades y no las denuncie a la fiscalía anticorrupción. Por tanto, propongo la eliminación de las libres designaciones modificando el Estatuto Básico del Empleado Público.

Sin embargo las últimas noticias de ceses de aquellos que estaban al mando de la persecución de este tipo de delitos (caso Gürtel) confirman que tampoco este Gobierno de Rajoy ha empezado con buen pie y que lleva camino de caerse a finales de este mes. Recuerda:

¡Guárdate de los idus de marzo!
























1 comentario:

emme dijo...

.....y la bola de nieve no ha hecho más que empezar a rodar cuesta abajo!